BASES CONCURSO INTERNO 2021 DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE GORBEA De acuerdo a lo establecido al artículo único de la Ley 21.308, y especialmente lo dispuesto en el Art. 4° del D.S. N°5 del 2021, del MINSAL, que dispone la Facultad delegada al Director del Departamento de salud municipal de Gorbea, para llamar a concurso interno, y proveer los cargos necesarios de la dotación de esta entidad administradora, con la finalidad de cumplir con el guarismo 80/20, establecido en el artículo 14 de la ley 19.378, se informa el llamado a Concurso Interno para el departamento de Salud Municipal, en el siguiente tenor: 1. IDENTIFICACIÓN DE LAS VACANTES: Se llama a concurso interno para proveer los siguientes cargos: N° Cargos ESTAMENTO CATEGORÍA HORAS 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 1 9 1 3 4 1 1 MEDICO ODONTOLOGO JEFE RECURSOS HUMANOS JEFE ABASTECIMIENTO ADQUISICIONES ASISTENTE SOCIAL ENFERMERO MATRONA NUTRICIONISTA KINESIOLOGO EDUCADORA DE PARVULOS TECNICO NIVEL SUPERIOR ADMINISTRACION DE SALUD TECNICO NIVEL SUPERIOR EN PODOLOGIA TECNICO NIVEL SUPERIOR EN ENFERMERIA AUXILIAR DE ENFERMERIA ADMINISTRATIVO AUXILIAR DE SERVICIO PROFESIONAL AREA DE LA ADMINISTRACIÓN Y/O MANTENCIÓN MAESTRO A A B B B B B B B B C C C D E F B F 44 22 44 44 44 44 44 11 66 11 88 44 396 44 132 154 22 22 TOTAL CARGOS: DE 44 HORAS: 24 CARGOS DE 33 HORAS: 4 CARGOS DE 22 HORAS: 3 CARGOS DE 11 HORAS: 2 CARGOS 2. RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES: La recepción de antecedentes se realizará mediante entrega en sobre cerrado de los antecedentes solicitados. La recepción de postulaciones se llevará a cabo en el Departamento de Salud Municipal de Gorbea, ubicado en calle , sera desde la publicación de las bases hasta 10 días hábiles después de la fecha de publicación de estas, en el horario de 08:30 a las 17:00 horas, en días hábiles, de lunes a viernes. La recepción antecedentes deberá ser entregada en un sobre cerrado, con indicación de nombres y apellidos, RUN del postulante, y cargo al cual postula, dentro del plazo establecido en estas bases. 3. PUBLICIDAD DE LAS BASES CONCURSO INTERNO: Estas bases, serán publicadas en un periódico de los de mayor circulación en la comuna o agrupación de comunas, mediante avisos fijados en la respectiva sede municipal, y en los establecimientos de salud municipal. Además, estas bases podrán serán descargadas en la página web corporativa: www.municipalidadgorbea.cl www.dsmgorbea.cl 4. REQUISITOS PARA POSTULAR AL CONCURSO INTERNO: De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°21.308, y en el D.S. N° 5 del MINSAL, Reglamento de esta ley, los requisitos para postular e ingresar a la dotación de salud primaria, se califican en Generales y Específicos, a saber: 4.1 Requisitos Generales: a) Ser ciudadano. En casos de excepción, la Comisión de Concurso Interno podrá resolver la incorporación de profesionales extranjeros a la dotación, siempre que posean título legalmente reconocido. b) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. c) Tener una salud compatible con el desempeño del cargo. d) Cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 6, 7, 8 y 9 de la ley 19.378 e) No estar inhabilitado o suspendido en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por resolución ejecutoriada por crimen o simple delito. f) No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el término de los servicios. En caso de que así lo estime pertinente la Comisión de este Concurso Interno, podrá verificarse el cumplimiento de estos requisitos hasta antes de aceptado el nombramiento. En caso de no cumplirse con alguno de los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.378, la entidad administradora, declarará desierto el cargo referido, lo que constará en un acto administrativo que así lo declare. 4.2 Requisitos específicos: a. Estar contratado a plazo fijo en dicha entidad administradora de salud municipal. b. Haber trabajado en dicha entidad administradora de salud municipal a lo menos tres años, continuos o discontinuos, en modalidad de plazo fijo. Para efectos de este requisito, también se considerarán los años en que el/la funcionario/a haya prestado servicios en calidad de honorarios en la misma entidad, sujeto a una jornada de trabajo de treinta y tres o más horas semanales. Para el cálculo de los años de servicio, se estará a lo dispuesto en el D.S. N°5 del 2021 del MINSAL, que informa que sólo se contabilizan el tiempo trabajado ante la misma Entidad Administradora de salud, es decir, para el departamento de Salud Municipal de Gorbea. De esta forma no se suman periodos de trabajo realizados en otras comunas para efectos del actual proceso. 5. ANTECEDENTES PARA POSTULAR. De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N°5 del 2021 del MINSAL, los postulantes deberán presentar los siguientes documentos: 1. Certificado de experiencia. 2. Certificado de capacitación. 3. Certificado de calificaciones. 4. Certificado de Antecedentes para fines especiales. Estos documentos deben ser elaborados por la Unidad de recursos humanos del Departamento de Salud Municipal de Gorbea, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 9 inciso 2 y Art. 17 del D.S. N°5 del 2021 del MINSAL. Podrán presentarse otros certificados de capacitación no contemplados en la carrera funcionaria de la comuna del postulante, conforme lo señala el Art. 17, inciso 3° del D.S. N°5 del 2021 del MINSAL. Los sobres se mantendrán cerrados hasta el momento en que la Comisión de Concurso Interno se constituya. 6. DE LA COMISIÓN DEL CONCURSO INTERNO La Comisión de este Concurso Interno estará integrada por las siguientes personas: a) El Director del Departamento de Salud Municipal. b) El Director del establecimiento a que corresponda el cargo al cual se concursa c) El jefe que corresponda de conformidad a la estructura definida en virtud del artículo 56 a la unidad en la que se desempeñará el funcionario, o un concejal de la comuna. d) Un miembro de la asociación de funcionarios que tenga mayor representación en la comuna, solo con derecho a voz. e) Un representante del Director del Servicio de Salud en cuyo territorio se encuentre la entidad administradora de salud municipal, como ministro de fe, y encargado de elaborar las actas de la Comisión. La comisión deberá levantar un acta de cada sesión, en la que se dejará constancia de los miembros que participaron en ésta, la forma en que ésta se realizó y de las actuaciones y acuerdos adoptados, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes presentes. Dicha acta será elaborada por el representante del Director del Servicio de Salud, en su calidad de Ministro de Fe. 7. CIERRE DE LAS POSTULACIONES Y ETAPA DE ADMISIBILIDAD. Vencido el plazo de presentación de las postulaciones, la comisión realizará un examen de admisibilidad formal, dentro del plazo estipulado en el artículo 6 del presente reglamento, y rechazará aquellas postulaciones que no cumplan con los requisitos exigidos. Además, verificará la autenticidad de los documentos acompañados a cada postulación. Al término de esta etapa de admisibilidad, la comisión elaborará un listado con las postulaciones declaradas admisibles y se iniciará la etapa de evaluación. Además, deberá dejar constancia de cualquier situación relevante relativa al concurso y dispondrá la notificación por correo electrónico de los postulantes cuya postulación hubiere sido considerada como inadmisible, indicando la causa de ello. 8. DE LA EVALUACIÓN Los/las funcionarios/as que cumplan los requisitos y cuyas postulaciones hayan sido declaradas admisibles, podrán acceder a la fase de evaluación. La evaluación de las postulaciones sólo podrá considerar como factores de evaluación la calificación de los postulantes, su experiencia y capacitación. El Factor Calificación se determinará según la lista en que resultó ubicado el funcionario/a, correspondiendo 100 puntos a la Lista 1; 65 puntos la Lista 2; 35 puntos la Lista 3 y 0 puntos la Lista 4. Así también, los postulantes que, en el desempeño de sus funciones, no hubieren sido calificados por la entidad administradora de salud municipal respecto de la cual postulan a ser contratados de forma indefinida, se les considerará el puntaje correspondiente a su última calificación. Quienes carezcan de calificación alguna, seguirán en el proceso debiendo asignarles para estos efectos, un puntaje de 0. Para efectos de asignar puntaje al factor experiencia, se considerará el número de años, meses y días servidos en la entidad administradora de salud municipal a la cual se está postulando. El puntaje por cada año completo corresponderá a 200 puntos; cada mes completo corresponderá a 16.6 puntos y cada día corresponderá a 0.55 puntos. Para efectos de asignar puntaje al factor capacitación, se estará a lo dispuesto en los artículos 50 al 54 del decreto supremo Nº 1.889, de 1995, Ministerio de Salud, según lo dispuesto en el Art. 17, inciso final del D.S. N° 5 del 2021 del MINSAL. El Departamento de Salud de Gorbea ponderará cada factor, de la siguiente forma: Factor Puntaje Experiencia 50% Capacitación 30% Calificación 20% 9. LISTADO DE POSTULACIONES Y RESOLUCIÓN. En base al puntaje asignado a cada postulante, dentro del plazo de veinte días hábiles de iniciada la etapa de evaluación, la comisión elaborará un listado en que ordenará las postulaciones, de conformidad al puntaje obtenido, en forma decreciente. En caso de producirse empates en el puntaje obtenido en el respectivo concurso interno, se dirimirá conforme a los siguientes criterios, en el siguiente orden de prelación: a) Se seleccionará a los/las funcionarios/as que estén desempeñando las funciones del cargo que postulan. b) Se seleccionará a los/las funcionarios/as que tengan una mayor antigüedad en la dotación de atención primaria de salud de la comuna. c) Se seleccionará al/a la funcionario/a que posea la mayor antigüedad en atención primaria de salud municipal. El Departamento de Salud Municipal de Gorbea dictará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la elaboración del listado según puntaje obtenido en la evaluación, un acto administrativo que contendrá el listado definitivo de los postulantes y sus puntajes finales, incluyendo los seleccionados para ser contratados de forma indefinida, entre otras materias asociadas al concurso, cuyo extracto deberá ser publicado conforme lo dispuesto en el artículo 4 del presente reglamento. 10. INCORPORACIÓN INDEFINIDA A LA DOTACIÓN MUNICIPAL. Los/las funcionarios/as seleccionados, de acuerdo con el puntaje obtenido, pasarán a integrar la dotación municipal de forma indefinida, de conformidad a lo que se señala en el presente Título. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 18 del D.S. N° 5 del 2021 del MINSAL, la respectiva entidad administradora de salud municipal notificará a cada funcionario/a, por medio del correo electrónico señalado en su postulación, y dentro de los 3 días hábiles siguientes a la emisión del acto que aprueba el listado definitivo de los postulantes y sus puntajes, el resultado de su postulación, y del hecho de haber sido seleccionado para ser contratado de forma indefinida o no. En caso de haber sido seleccionado, el/la funcionario/a deberá manifestar por escrito su aceptación o rechazo a la contratación indefinida, en un plazo no superior a cinco días hábiles contado desde la recepción del correo electrónico a que se refiere el inciso anterior. Vencido el plazo, sin dar a conocer formalmente su decisión, se entenderá que el/la funcionario/a ha rechazado la contratación. El o los actos que dispongan las contrataciones indefinidas deberán ser dictados por el Alcalde, en un plazo no superior a tres días hábiles posteriores a la aceptación de los funcionarios/as, debiendo devolver los certificados de título u otros originales, que hubieren sido presentados por el postulante durante el concurso. ALFONSO GAMALIEL VERGARA FUENTES DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL GORBEA
BASES CONCURSO INTERNO 2021 DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE GORBEA
Oct 20, 2021 | Departamento de Salud | 0 Comentarios
